martes, 30 de septiembre de 2025

Servicios de Asistencia Regulatoria en Panamá

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jueves, 4 de septiembre de 2025

Ser Farmacéutico: Un Rol Más Allá del Mostrador

 

La figura del farmacéutico ha evolucionado considerablemente a lo largo de la historia. De ser un simple dispensador de medicamentos, ha pasado a convertirse en un pilar fundamental del sistema de salud, un consejero de confianza y un educador constante en la comunidad. Ser farmacéutico es mucho más que un trabajo; es un compromiso con la salud y el bienestar de las personas, un rol que combina la ciencia, la ética y la empatía.

En el corazón de la labor farmacéutica reside un profundo conocimiento científico. La formación académica abarca desde la química y la biología molecular hasta la farmacología y la toxicología. Este bagaje de conocimientos no solo permite comprender cómo actúan los medicamentos en el cuerpo, sino también identificar posibles interacciones, efectos secundarios y contraindicaciones que podrían poner en riesgo la salud del paciente. Es esta pericia la que convierte al farmacéutico en un eslabón crucial para garantizar la seguridad en el uso de los fármacos. Es un trabajo de precisión y de atención al detalle, donde un pequeño error puede tener grandes consecuencias.

Sin embargo, el rol del farmacéutico va más allá de la mera dispensación. Su participación en la **Atención Primaria** es crucial para el bienestar de la comunidad. A menudo, el farmacéutico es el primer punto de contacto para personas que experimentan dolencias menores, lo que ayuda a aliviar la presión sobre los cuartos de urgencias. Con su experiencia, el farmacéutico puede determinar si una situación requiere atención médica inmediata o si puede ser manejada con un tratamiento de venta libre, siempre proporcionando el alivio temporal adecuado mientras se orienta al paciente a buscar atención médica posteriormente. Esta capacidad de discernimiento no solo optimiza los recursos de salud, sino que también ofrece a los pacientes la tranquilidad de saber que están recibiendo la guía correcta en el momento oportuno.

El farmacéutico puede ser un pilar fundamental en la **medicina preventiva**. Y cuando hablamos de medicina preventiva, no nos referimos a recomendar acetaminofén a una persona con un dolor, sino a ayudar a que ese paciente no llegue a sentir ese dolor. ¿Cómo? Con consejos prácticos para mantener una vida saludable, recomendaciones sobre dieta y la promoción de la tranquilidad en el día a día. Por ejemplo, a una persona con tendencia a la hipertensión se le puede ayudar con recomendaciones naturales que prevengan la aparición de la enfermedad. De igual manera, un paciente prediabético puede revertir su situación con el consejo oportuno de un farmacéutico. Claro, para ello es necesario adquirir un conocimiento profundo y un estudio constante. Esta es la esencia de la prevención en la farmacia.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) reconoce la automedicación como un componente vital del **autocuidado**. Esta práctica, cuando se realiza de manera segura y asistida por un profesional, se convierte en un recurso valioso que empodera a las personas a gestionar su propia salud y reduce la carga en los sistemas de atención médica saturados. En este sentido, el farmacéutico se erige como el profesional clave en este proceso, asegurando que la elección del medicamento sea la correcta y que su uso sea racional. En lugar de una simple transacción comercial, cada consejo brindado en el mostrador se convierte en una consulta de salud invaluable, reforzando la confianza y promoviendo el bienestar del paciente.


Recuerdo que, uno de mis mentores, el Lic. Gabriel Alba (q.e.p.d.), me comentaba que anteriormente los municipios le pagaban una especie de turno a las farmacias de tal manera que en la ciudad siempre había una farmacia abierta durante toda la noche. Claro, la ciudad hoy en día ha crecido y, si lleváramos esa práctica, se tendría que coordinar el servicio por cada sector o área. Allá en Soná, recuerdo que casi todos los residentes conocían el nombre del regente, el Lic. Ramírez (q.e.p.d.), y por supuesto, siempre lo buscaban. En aquellos tiempos solo existían dos farmacias, por lo cual las ventas sostenían muy bien los gastos y le daban buena rentabilidad al propietario, que por cierto era reconocido por la clientela y muy respetado por sus conocimientos empíricos de la farmacia, además de ser respetuoso de la normativa.

Cuando llegué a Panamá, la historia era casi la misma. El Lic. Alba también era muy dedicado a su profesión y los pacientes lo conocían y preguntaban por él. Las farmacias eran bien alejadas una de otras, al menos intentaban guardar 500 m entre una y la próxima. Las preparaciones oficinales no faltaban, ni tampoco las magistrales. Era eso casualmente lo que les daba la mayor utilidad, ya que existía el control de precio en los medicamentos terminados, pero no en los elaborados en la farmacia. La atención farmacéutica nunca faltaba y eso que para aquel entonces le llamaban “Asesoría Farmacéutica”; en la práctica era lo mismo, es decir, consistía en darle todas las instrucciones de uso del medicamento al paciente, así como las advertencias de efectos indeseables o posibles interacciones, siempre procurando el uso adecuado de los medicamentos.

Hoy en día parece que eso se ha perdido... ¿Eres farmacéutico regente en alguna farmacia? ¿Cuántos pacientes al día llegan preguntando por ti de nombre? Si me respondes más de 5, te felicito, eres un excelente farmacéutico de estos tiempos. Si llegan menos de esa cantidad, preocúpate, algo estás haciendo mal. Claro, no se puede negar que los mismos dueños o administradores de estas farmacias promueven la rotación de personal e impiden la comunicación del farmacéutico con el paciente, limitando el tiempo de conversación con los mismos, lo cual contradice la ideología de la atención farmacéutica e inclusive viola las normativas regulatorias que exigen las buenas prácticas de atención farmacéutica. Esperemos que las aguas vuelvan a su caudal y las cosas empiecen a funcionar mejor por el bien de todos los pacientes, que es en verdad a quien dirigimos nuestros servicios.

En resumen, ser farmacéutico es asumir una vocación de servicio. Es un profesional de la salud que actúa como puente entre el médico y el paciente, traduciendo complejas prescripciones en un lenguaje comprensible y ofreciendo un apoyo vital. Es una labor que exige una actualización constante, una mente analítica y un corazón empático. En última instancia, es la satisfacción de saber que, con cada consejo y cada medicamento dispensado, se contribuye a mejorar la vida de alguien.

lunes, 21 de julio de 2025

El Agua - Gota a Gota, Una Crisis Eterna

 



El problema del agua es algo que desde muy temprana edad vengo escuchando e incluso me ha tocado compartir en algunas ocasiones. Lo que me parece increíble es que siendo Chilibre una población donde precisamente se encuentra la potabilizadora del IDAAN que surte de agua a la ciudad de Panamá, sus residentes viven como gorgojos, ya que no tienen agua. Esta paradoja es un claro ejemplo de la crisis que abordaremos.


A. Antecedentes Históricos: ¿De Dónde Viene la Sed?

Para entender el problema actual, es crucial mirar hacia atrás. En nuestro país, Panamá, la gestión del agua tiene sus particularidades.

  • Infraestructura Antigua y Heredada: Muchos de los sistemas de acueductos y potabilizadoras en Panamá tienen décadas de antigüedad. Algunos datan incluso de la época del Canal de Panamá o fueron construidos en fases de crecimiento poblacional sin una visión a largo plazo. Esto significa tuberías corroídas, fugas constantes y plantas potabilizadoras que operan por encima de su capacidad o que requieren mantenimiento constante y costoso. Parece que los creadores de la ciudad no tuvieron la capacidad de pensar a largo plazo, ya que hasta las calles se han quedado estrechas y formando un verdadero laberinto en la actualidad por la alta cantidad de vehículos que circulan en nuestras avenidas, pero ese es otro tema.
  • Crecimiento Poblacional sin Planificación Hídrica: Las ciudades y asentamientos han crecido de forma acelerada, a menudo sin que la infraestructura de agua acompañe este ritmo. Urbanizaciones nuevas se conectan a redes ya saturadas, o se construyen en zonas donde el acceso al agua es naturalmente limitado. Todo indica que el desorden organizacional continúa.
  • Las Promesas Incumplidas: A lo largo de los años, cada gobierno ha prometido mejoras sustanciales en el acceso y la calidad del agua. Se anuncian proyectos, se colocan primeras piedras, pero muchos quedan inconclusos, se retrasan o no resuelven el problema de fondo. Se puede rastrear cómo la inversión prometida no siempre se traduce en soluciones palpables para la gente. Todo indica que nuestros políticos tienen visión solo para 5 años.

B. El Problema Actual: La Realidad de la Canilla Seca

Este es el corazón de la crisis, lo que la gente vive día a día.

  • La Intermitencia y la Ausencia: En Panamá, datos del Censo de Población y Vivienda de 2023 indican que más de 430,000 panameños no tienen acceso a agua potable, lo que representa más del 30% de la población. Millares de estos panameños, especialmente en sectores populares de la capital y provincias, experimentan cortes de agua programados y no programados, o simplemente no tienen acceso al servicio por días, semanas o incluso meses. Ah, pero sí les llega la factura. En el área metropolitana, esto afecta a barrios enteros en San Miguelito y el este de la capital. En el interior, comunidades rurales y comarcales carecen de acceso básico, y ni hablar de Panamá Oeste.

  • Causas Profundas del Desabastecimiento:
    • Fugas Masivas: Se estima que un porcentaje significativo del agua tratada se pierde en el sistema de distribución debido a fugas en tuberías viejas y rotas. Es como tener un grifo abierto constantemente. Aunque no se encontraron datos públicos específicos sobre pérdidas por fugas, sí se sabe que hay un alto porcentaje de agua no facturada, incluyendo fugas y conexiones ilegales. El IDAAN cuenta con un sistema de reporte de daños a través de la línea 311; bueno, al parecer esa línea está congelada, porque se llama y nadie hace nada.
    • Desperdicio y Mal Uso: Aunque la escasez es crítica para algunos, en otros sectores hay un uso ineficiente del agua, agravando la disponibilidad general, lo que indica que falta educación en el uso correcto del agua.
    • Contaminación de Fuentes: La deforestación, la minería y la urbanización descontrolada están afectando la calidad y cantidad de las fuentes de agua dulce (ríos, lagos). Esto hace que el tratamiento sea más costoso y, a veces, inviable. Una evidente prueba es lo ocurrido en la región de Azuero, especialmente en el río La Villa, lo que representa un problema grave y persistente que afecta a miles de personas; donde la crisis hídrica se debe a múltiples factores, incluyendo la contaminación por actividades porcinas, el uso de agroquímicos y la falta de tratamiento de aguas residuales.
    • Mala Gestión y Burocracia: La administración de la institución encargada del agua (en Panamá, el IDAAN) a menudo es señalada por ineficiencia, falta de planificación, problemas de personal y procesos burocráticos lentos para la ejecución de proyectos y el mantenimiento.
    • Cambio Climático: Sequías más prolongadas o intensas también están impactando la disponibilidad de agua en los embalses.

  • Impacto en la Vida Diaria de los Afectados:
    • Salud Pública: Riesgos de enfermedades gastrointestinales por el consumo de agua no potable (cuando la obtienen de fuentes no seguras) o por la falta de higiene básica.
    • Economía Familiar: Gasto en compra de botellones de agua, cisternas privadas, e incluso impacto en pequeños negocios que dependen del suministro.
    • Educación: Cierre de escuelas por falta de agua para los servicios sanitarios.
    • Calidad de Vida: Estrés, interrupción de la rutina diaria, carga adicional para mujeres y niños que deben acarrear agua.

C. Posibles Soluciones (y Por Qué No Se Implementan)

Aquí es donde se analiza el contraste entre lo que se sabe que hay que hacer y la inacción.

  • Inversión Real y Sostenida en Infraestructura: No solo construir nuevas potabilizadoras, sino también renovar la red de tuberías de distribución para reducir las fugas.
    • Obstáculo: La magnitud de la inversión es enorme y los retornos políticos no son inmediatos. A menudo, los proyectos son de "largo aliento", lo que los hace menos atractivos para gobiernos que buscan resultados visibles en corto plazo. También, la corrupción en las licitaciones y ejecución de obras es un problema recurrente.

  • Modernización de la Gestión y la Tecnología: Implementar sistemas inteligentes para monitorear el consumo, detectar fugas y mejorar la distribución. Fortalecer la autonomía y eficiencia del IDAAN.
    • Obstáculo: Resistencia al cambio, falta de capacitación del personal, burocracia arraigada y clientelismo.

  • Conservación de Cuencas y Fuentes Hídricas: Programas de reforestación, control de la contaminación y protección de las zonas de recarga de agua.
    • Obstáculo: Falta de conciencia ambiental a gran escala, conflictos de intereses con industrias extractivas o el sector inmobiliario.

  • Concienciación Ciudadana y Uso Eficiente: Campañas educativas sobre el ahorro y buen uso del agua.
    • Obstáculo: Es difícil pedirle a la gente que cuide el agua cuando ellos mismos no la reciben de forma constante y confiable.

  • Políticas de Estado a Largo Plazo: Crear planes hídricos nacionales que trasciendan los quinquenios gubernamentales, con objetivos claros y presupuestos asignados sin interrupciones.
    • Obstáculo: La política cortoplacista, la falta de consenso entre partidos y la priorización de proyectos con réditos políticos más inmediatos.

La inversión con transparencia sin sombras de corrupción puede lograr llevar a cabo esa modernización; solo faltan personas que de verdad quieran hacerlo.


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sábado, 21 de junio de 2025

Asesoría para Propietarios de Supermercados con Farmacia Integrada

https://youtu.be/r0vi-Zm4g_U


Esta guía tiene como objetivo brindar orientación y asesoría a los propietarios de supermercados (ya sean sociedades o personas naturales) sobre el manejo adecuado de una farmacia dentro de su establecimiento.

Experiencia Previa:

En el pasado, me correspondió laborar con farmacias dentro de supermercados, en las Farmacias Gago (posteriormente adquiridas por Super 99). Es importante destacar que, en estos modelos, la farmacia operaba como una entidad separada del supermercado, incluso con una gerencia o coordinación independiente. Los gerentes y supervisores del supermercado tenían autoridad administrativa para mantener el orden, pero no podían intervenir en las órdenes operativas o de funcionamiento del personal de la farmacia; cualquier idea debía ser expuesta primero al coordinador de la farmacia.

Consideraciones Clave para el Manejo del Personal Profesional:

Las farmacias ubicadas dentro de supermercados cuentan con personal "profesional" que ha obtenido una idoneidad del Ministerio de Salud (Consejo Técnico de Salud). El manejo de este personal es distinto debido a la normativa que regula los establecimientos farmacéuticos, la dispensación y el manejo de medicamentos, responsabilizando al Regente Farmacéutico como "Jefe Técnico del establecimiento

Recomendaciones Fundamentales:

  1. Designar un Gerente o Coordinador Específico: Es crucial tener un gerente o coordinador encargado del manejo exclusivo del departamento de farmacia. Si se trata de una cadena de supermercados, esta figura podría supervisar todas las farmacias.
  2. Comunicación Basada en la Normativa: Los encargados de la farmacia deben comunicar las cosas con claridad, basándose en la normativa vigente. Trabajar como profesional no implica simplemente seguir órdenes, sino hacer las cosas conforme a la ley y al conocimiento profesional.
  3. Documentar Decisiones: Si se explican y justifican las decisiones, no debería haber problemas. Sin embargo, si las indicaciones no se siguen, es importante documentar todo para futuras justificaciones

Requisitos para Operar un Supermercado en Panamá (General)

Para abrir un supermercado en Panamá, se deben cumplir con requisitos legales, sanitarios y administrativos

Requisitos Legales y Administrativos:

  1. Constitución Legal: Se puede operar como persona natural o jurídica (ej. Sociedad Anónima), requiriendo inscripción en el Registro Público y obtención del Pacto Social y Certificado de Registro Público si es persona jurídica.
  2. Aviso de Operaciones: Obligatorio para el inicio de actividades comerciales, se tramita en línea a través del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI). Debe incluir el nombre, dirección, fecha de inicio, número de empleados y actividades específicas.
  3. Licencia Comercial Municipal: Se solicita en el municipio donde estará el supermercado. El municipio inspeccionará el cumplimiento de normas de seguridad y salubridad16. La licencia debe estar visible.
  4. Contrato de Arrendamiento o Propiedad: Presentar el documento que acredite la posesión del local.
  5. Inscripción en DGI y CSS: Registrar el negocio ante la Dirección General de Ingresos (DGI) para temas fiscales y ante la Caja de Seguro Social (CSS) para los empleados.
  6. Registro en AMPYME: Si la inversión inicial es menor a 150,000 USD, se puede registrar en la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME) para optar por incentivos fiscales

Requisitos Sanitarios y de Seguridad:

  1. Permiso Sanitario de Operación: Emitido por el Ministerio de Salud (MINSA), específicamente por el Departamento de Protección de Alimentos. El trámite es presencial y gratuito
  2. Carnés Sanitarios:
    • Carné blanco: Certifica que el portador no tiene enfermedades infectocontagiosas.
    • Carné verde: Obligatorio para manipuladores de alimentos; acredita que la persona está capacitada para manipular alimentos de manera segura.
  3. Permiso de Bomberos: El local debe cumplir con normas de seguridad contra incendios y obtener el visto bueno del Cuerpo de Bomberos

Documentos y Otros Requisitos Adicionales:

  • Croquis de la ubicación del local y fotografías de la fachada
  • Declaraciones de renta desde el inicio de operaciones.
  • Declaración jurada de bienes patrimoniales
  • Permisos adicionales si se venderán productos regulados como licor o medicamentos.

Requisitos Específicos para la Venta de Licor en Supermercados

Si el supermercado venderá licor, se deben cumplir requisitos adicionales.

Permisos y Requisitos Específicos:

  • Ampliación del Aviso de Operación: Se debe realizar a través del sistema Panamá Emprende para incluir la venta de bebidas alcohólicas como actividad comercial
  • Permiso Municipal: Solicitud de un permiso específico para la venta de licor ante la Alcaldía del distrito, otorgado mediante una resolución firmada por el alcalde, previa autorización de la Junta Comunal. El municipio puede imponer restricciones de horarios y condiciones adicionales.
  • Licencia Comercial Específica: Además de la licencia comercial general, se requiere una licencia específica para expendio de bebidas alcohólicas, otorgada por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI)34.
  • Certificación de Zonificación y Uso de Suelo: Emitida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT) que autorice la venta de licor en la ubicación seleccionada35. Si el local está en un centro comercial, se requiere autorización del administrador o dueño del inmueble.
  • Croquis y Fotografías del Local: Presentar un croquis de la distribución interna y fotografías que evidencien las condiciones físicas del establecimiento.
  • Cumplimiento de Requisitos Sanitarios: El local debe cumplir con todas las normativas sanitarias del Ministerio de Salud, incluyendo condiciones higiénicas, baños adecuados y medidas de mitigación de ruido.
  • Inspección Previa: Antes de la aprobación final, se realiza una inspección para verificar que el local cumple con todas las condiciones exigidas por la ley.
  • Restricciones de Ubicación: No se puede conceder licencia para vender licor en lugares situados a menos de 100 metros en el interior del país, o 500 metros en la ciudad de Panamá y Colón, de escuelas, hospitales o templos religiosos
  • Pago del Derecho Único: Impuesto específico (Derecho Único) asociado a la obtención del permiso de venta de licor. El monto varía según la capacidad y ubicación del local.
  • Declaración Jurada: Se debe presentar una declaración jurada donde se indique que la venta de licor no es la actividad principal del negocio, si aplica.

El proceso para obtener estos permisos puede demorar entre uno y dos meses, dependiendo de la entrega de documentos y la adecuación del local.

Requisitos Específicos para Instalar una Farmacia dentro de un Supermercado

La instalación de una farmacia dentro de un supermercado en Panamá requiere el cumplimiento de requisitos regulatorios y operativos específicos para establecimientos farmacéuticos, además de los permisos generales del supermercado.

Permisos y Requisitos Específicos para Farmacia:

  1. Licencia de Operación de Farmacia: Se debe solicitar y obtener una licencia de operación específica para farmacias, otorgada por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud (MINSA).
    • Documentos requeridos: El trámite requiere completar el formulario oficial, adjuntar copia de la cédula del representante legal y del regente farmacéutico, la idoneidad profesional del regente, aviso de operación del supermercado, plano físico del área de la farmacia y comprobantes de pago de los derechos correspondientes.
  2. Permiso Sanitario: Es obligatorio obtener un permiso sanitario emitido por el MINSA, que certifica que el área cumple con todas las normativas sanitarias aplicables a farmacias.
  3. Regente Farmacéutico: La ley exige que toda farmacia cuente con un farmacéutico regente idóneo y presente durante el horario de operación, responsable de supervisar la dispensación de medicamentos y el cumplimiento normativo.
  4. Infraestructura y Áreas Específicas: El área designada para la farmacia debe contar con:
    • Área de ingreso de clientes, sala de espera, buzón de sugerencias y adecuada ventilación e iluminación.
    • Área de recetario o dispensación, con estanterías, refrigeradora, mostradores, controles ambientales (temperatura y humedad), extintores y luces de emergencia.
    • Área segura (caja fuerte o anaquel de seguridad) para productos sujetos a control especial.
    • Baños para clientes y personal.
    • Área de consulta farmacéutica y literatura científica actualizada.
    • Área para productos vencidos o para devolución.
    • Área de preparación de fórmulas magistrales si aplica.
  5. Inspección Sanitaria: Antes de la apertura, la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas realizará una inspección para verificar que el local cumple con todos los requisitos físicos, de almacenamiento y de seguridad56.
  6. Aviso de Operación Actualizado: Se debe actualizar el aviso de operación del supermercado para incluir la actividad de farmacia, notificando a las autoridades municipales, fiscales y comerciales.
  7. Otros Documentos y Pagos:
    • Pago de derechos de licencia y de inspección sanitaria.
    • Libros de control para recetas, antibióticos, narcóticos y estupefacientes.

Cumplir con estos requisitos es indispensable para operar legalmente una farmacia dentro de un supermercado en Panamá , ya que la supervisión y el cumplimiento normativo son estrictos debido a la naturaleza sensible de la venta de medicamentos.

Delimitación de Productos y Servicios en Farmacias

Es crucial comprender que la licencia sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud (MINSA) delimita estrictamente los productos que pueden ser manejados y vendidos en el área de farmacia. Si bien un supermercado puede ofrecer una amplia gama de productos, la farmacia, como establecimiento especializado, tiene regulaciones específicas.

1. Prohibición de Venta de Licor en Farmacias:

La normativa sanitaria en Panamá prohíbe expresamente la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos farmacéuticos. Según la Ley 17 de 2014, queda prohibida a las farmacias la venta de licor, y el incumplimiento de esta disposición conlleva la suspensión de la licencia de operación por 30 días hábiles, mientras que la reincidencia puede resultar en la cancelación definitiva de dicha licencia.

  • Por lo tanto, aunque el supermercado en general pueda vender licor y deba actualizar su aviso de operación para incluir esta actividad, el área destinada a farmacia dentro del mismo supermercado no puede vender bebidas alcohólicas bajo ninguna circunstancia.
  • La farmacia debe operar bajo una licencia y normativas específicas que excluyen la venta de licor para garantizar la protección de la salud pública y el cumplimiento legal.
  • La coexistencia de ambas actividades en un mismo local debe respetar esta separación estricta: el área de farmacia no debe vender ni almacenar bebidas alcohólicas. Esta separación es obligatoria para evitar sanciones y la posible suspensión o cancelación de la licencia sanitaria de la farmacia

2. Exclusividad de Productos Farmacéuticos y Afines:

Además de la prohibición de licor, la licencia sanitaria de farmacia delimita los productos a manejar en el área de farmacia de forma exclusiva. Esto significa que la farmacia no debe vender ni cobrar por productos que son propios de un supermercado general, como carnes, arroz, café, productos de limpieza o artículos para el hogar.

  • El área de farmacia dentro del supermercado debe contar con una licencia sanitaria propia emitida por el MINSA, que regula estrictamente los productos que pueden venderse allí, excluyendo la venta de licor y otros productos no autorizados en farmacia.
  • La actividad principal y exclusiva de la farmacia es la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos, así como la prestación de servicios relacionados con la salud.
  • Cobrar por productos de supermercado en el área de la farmacia, o incluso tenerlos exhibidos para la venta, podría considerarse un incumplimiento de la normativa que delimita el alcance de la licencia sanitaria de farmacia.

En resumen, aunque exista un Aviso de Operaciones emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que cubre el negocio en general, la licencia sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud (MINSA) establece diferencias claras en cuanto a los productos que se pueden expender en las distintas áreas del establecimiento. El Aviso de Operaciones es un permiso general para ejercer actividades comerciales, mientras que el MINSA otorga licencias sanitarias específicas para cada área o actividad que involucra productos regulados o que requieren control sanitario. Esto implica que dentro de un mismo negocio pueden coexistir varias licencias o permisos sanitarios con alcances distintos, dependiendo del área y la actividad que se realiza. La estricta separación de inventarios y puntos de venta es fundamental para el cumplimiento normativo y para evitar sanciones.

Aquí tienes la revisión de la asesoría, con un énfasis adicional en la delimitación de productos permitidos en el área de farmacia:

Asesoría para Propietarios de Supermercados con Farmacia Integrada

Esta guía tiene como objetivo brindar orientación y asesoría a los propietarios de supermercados (ya sean sociedades o personas naturales) sobre el manejo adecuado de una farmacia dentro de su establecimiento.

Experiencia Previa:

En el pasado, se han operado farmacias dentro de supermercados, como fue el caso de las Farmacias Gago (posteriormente adquiridas por Super 99). Es importante destacar que, en estos modelos, la farmacia operaba como una entidad separada del supermercado, incluso con una gerencia o coordinación independiente1. Los gerentes y supervisores del supermercado tenían autoridad administrativa para mantener el orden, pero no podían intervenir en las órdenes operativas o de funcionamiento del personal de la farmacia; cualquier idea debía ser expuesta primero al coordinador de la farmacia.

Consideraciones Clave para el Manejo del Personal Profesional:

Las farmacias ubicadas dentro de supermercados cuentan con personal "profesional" que ha obtenido una idoneidad del Ministerio de Salud (Consejo Técnico de Salud). El manejo de este personal es distinto debido a la normativa que regula los establecimientos farmacéuticos, la dispensación y el manejo de medicamentos, responsabilizando al Regente Farmacéutico como "Jefe Técnico del establecimiento".

Recomendaciones Fundamentales:

  1. Designar un Gerente o Coordinador Específico: Es crucial tener un gerente o coordinador encargado del manejo exclusivo del departamento de farmacia. Si se trata de una cadena de supermercados, esta figura podría supervisar todas las farmacia.
  2. Comunicación Basada en la Normativa: Los encargados de la farmacia deben comunicar las cosas con claridad, basándose en la normativa vigente. Trabajar como profesional no implica simplemente seguir órdenes, sino hacer las cosas conforme a la ley y al conocimiento profesional.
  3. Documentar Decisiones: Si se explican y justifican las decisiones, no debería haber problemas. Sin embargo, si las indicaciones no se siguen, es importante documentar todo para futuras justificaciones.

Requisitos para Operar un Supermercado en Panamá (General)

Para abrir un supermercado en Panamá, se deben cumplir con requisitos legales, sanitarios y administrativos.

Requisitos Legales y Administrativos:

  1. Constitución Legal: Se puede operar como persona natural o jurídica (ej. Sociedad Anónima), requiriendo inscripción en el Registro Público y obtención del Pacto Social y Certificado de Registro Público si es persona jurídica.
  2. Aviso de Operaciones: Obligatorio para el inicio de actividades comerciales, se tramita en línea a través del Ministerio de Comercio e Industrias (MICI). Debe incluir el nombre, dirección, fecha de inicio, número de empleados y actividades específicas.
  3. Licencia Comercial Municipal: Se solicita en el municipio donde estará el supermercado. El municipio inspeccionará el cumplimiento de normas de seguridad y salubridad. La licencia debe estar visible.
  4. Contrato de Arrendamiento o Propiedad: Presentar el documento que acredite la posesión del local.
  5. Inscripción en DGI y CSS: Registrar el negocio ante la Dirección General de Ingresos (DGI) para temas fiscales y ante la Caja de Seguro Social (CSS) para los empleados.
  6. Registro en AMPYME: Si la inversión inicial es menor a 150,000 USD, se puede registrar en la Autoridad de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (AMPYME) para optar por incentivos fiscales.

Requisitos Sanitarios y de Seguridad:

  1. Permiso Sanitario de Operación: Emitido por el Ministerio de Salud (MINSA), específicamente por el Departamento de Protección de Alimentos. El trámite es presencial y gratuito.
  2. Carnés Sanitarios:
    • Carné blanco: Certifica que el portador no tiene enfermedades infectocontagiosas.
    • Carné verde: Obligatorio para manipuladores de alimentos; acredita que la persona está capacitada para manipular alimentos de manera segura.
  3. Permiso de Bomberos: El local debe cumplir con normas de seguridad contra incendios y obtener el visto bueno del Cuerpo de Bomberos.

Documentos y Otros Requisitos Adicionales:

  • Croquis de la ubicación del local y fotografías de la fachada.
  • Declaraciones de renta desde el inicio de operaciones.
  • Declaración jurada de bienes patrimoniales
  • Permisos adicionales si se venderán productos regulados como licor o medicamentos.

Requisitos Específicos para la Venta de Licor en Supermercados

Si el supermercado venderá licor, se deben cumplir requisitos adicionales.

Permisos y Requisitos Específicos:

  • Ampliación del Aviso de Operación: Se debe realizar a través del sistema Panamá Emprende para incluir la venta de bebidas alcohólicas como actividad comercial.
  • Permiso Municipal: Solicitud de un permiso específico para la venta de licor ante la Alcaldía del distrito, otorgado mediante una resolución firmada por el alcalde, previa autorización de la Junta Comunal. El municipio puede imponer restricciones de horarios y condiciones adicionales.
  • Licencia Comercial Específica: Además de la licencia comercial general, se requiere una licencia específica para expendio de bebidas alcohólicas, otorgada por el Ministerio de Comercio e Industrias (MICI).
  • Certificación de Zonificación y Uso de Suelo: Emitida por el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT) que autorice la venta de licor en la ubicación seleccionada. Si el local está en un centro comercial, se requiere autorización del administrador o dueño del inmueble
  • Croquis y Fotografías del Local: Presentar un croquis de la distribución interna y fotografías que evidencien las condiciones físicas del establecimiento.
  • Cumplimiento de Requisitos Sanitarios: El local debe cumplir con todas las normativas sanitarias del Ministerio de Salud, incluyendo condiciones higiénicas, baños adecuados y medidas de mitigación de ruido.
  • Inspección Previa: Antes de la aprobación final, se realiza una inspección para verificar que el local cumple con todas las condiciones exigidas por la ley.
  • Restricciones de Ubicación: No se puede conceder licencia para vender licor en lugares situados a menos de 100 metros en el interior del país, o 500 metros en la ciudad de Panamá y Colón, de escuelas, hospitales o templos religiosos.
  • Pago del Derecho Único: Impuesto específico (Derecho Único) asociado a la obtención del permiso de venta de licor. El monto varía según la capacidad y ubicación del local.
  • Declaración Jurada: Se debe presentar una declaración jurada donde se indique que la venta de licor no es la actividad principal del negocio, si aplica.

El proceso para obtener estos permisos puede demorar entre uno y dos meses, dependiendo de la entrega de documentos y la adecuación del local.

Requisitos Específicos para Instalar una Farmacia dentro de un Supermercado

La instalación de una farmacia dentro de un supermercado en Panamá requiere el cumplimiento de requisitos regulatorios y operativos específicos para establecimientos farmacéuticos, además de los permisos generales del supermercado.

Permisos y Requisitos Específicos para Farmacia:

  1. Licencia de Operación de Farmacia: Se debe solicitar y obtener una licencia de operación específica para farmacias, otorgada por la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas del Ministerio de Salud (MINSA).
    • Documentos requeridos: El trámite requiere completar el formulario oficial, adjuntar copia de la cédula del representante legal y del regente farmacéutico, la idoneidad profesional del regente, aviso de operación del supermercado, plano físico del área de la farmacia y comprobantes de pago de los derechos correspondientes.
  2. Permiso Sanitario: Es obligatorio obtener un permiso sanitario emitido por el MINSA, que certifica que el área cumple con todas las normativas sanitarias aplicables a farmacias.
  3. Regente Farmacéutico: La ley exige que toda farmacia cuente con un farmacéutico regente idóneo y presente durante el horario de operación, responsable de supervisar la dispensación de medicamentos y el cumplimiento normativo
  4. Infraestructura y Áreas Específicas: El área designada para la farmacia debe contar con:
    • Área de ingreso de clientes, sala de espera, buzón de sugerencias y adecuada ventilación e iluminación.
    • Área de recetario o dispensación, con estanterías, refrigeradora, mostradores, controles ambientales (temperatura y humedad), extintores y luces de emergencia.
    • Área segura (caja fuerte o anaquel de seguridad) para productos sujetos a control especial.
    • Baños para clientes y personal.
    • Área de consulta farmacéutica y literatura científica actualizada.
    • Área para productos vencidos o para devolución.
    • Área de preparación de fórmulas magistrales si aplica.
  5. Inspección Sanitaria: Antes de la apertura, la Dirección Nacional de Farmacias y Drogas realizará una inspección para verificar que el local cumple con todos los requisitos físicos, de almacenamiento y de seguridad.
  6. Aviso de Operación Actualizado: Se debe actualizar el aviso de operación del supermercado para incluir la actividad de farmacia, notificando a las autoridades municipales, fiscales y comerciales.
  7. Otros Documentos y Pagos:
    • Pago de derechos de licencia y de inspección sanitaria.
    • Libros de control para recetas, antibióticos, narcóticos y estupefacientes.

Cumplir con estos requisitos es indispensable para operar legalmente una farmacia dentro de un supermercado en Panamá, ya que la supervisión y el cumplimiento normativo son estrictos debido a la naturaleza sensible de la venta de medicamentos.

Delimitación de Productos y Servicios en Farmacias

Es crucial comprender que la licencia sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud (MINSA) delimita estrictamente los productos que pueden ser manejados y vendidos en el área de farmacia. Si bien un supermercado puede ofrecer una amplia gama de productos, la farmacia, como establecimiento especializado, tiene regulaciones específicas.

1. Prohibición de Venta de Licor en Farmacias:

La normativa sanitaria en Panamá prohíbe expresamente la venta de bebidas alcohólicas en establecimientos farmacéuticos. Según la Ley 17 de 2014, queda prohibida a las farmacias la venta de licor, y el incumplimiento de esta disposición conlleva la suspensión de la licencia de operación por 30 días hábiles, mientras que la reincidencia puede resultar en la cancelación definitiva de dicha licencia.

  • Por lo tanto, aunque el supermercado en general pueda vender licor y deba actualizar su aviso de operación para incluir esta actividad, el área destinada a farmacia dentro del mismo supermercado no puede vender bebidas alcohólicas bajo ninguna circunstancia.
  • La farmacia debe operar bajo una licencia y normativas específicas que excluyen la venta de licor para garantizar la protección de la salud pública y el cumplimiento legal
  • La coexistencia de ambas actividades en un mismo local debe respetar esta separación estricta: el área de farmacia no debe vender ni almacenar bebidas alcohólicas Esta separación es obligatoria para evitar sanciones y la posible suspensión o cancelación de la licencia sanitaria de la farmacia

2. Exclusividad de Productos Farmacéuticos y Afines:

Además de la prohibición de licor, la licencia sanitaria de farmacia delimita los productos a manejar en el área de farmacia de forma exclusiva. Esto significa que la farmacia no debe vender ni cobrar por productos que son propios de un supermercado general, como carnes, arroz, café, productos de limpieza o artículos para el hogar.

  • El área de farmacia dentro del supermercado debe contar con una licencia sanitaria propia emitida por el MINSA, que regula estrictamente los productos que pueden venderse allí, excluyendo la venta de licor y otros productos no autorizados en farmacias.
  • La actividad principal y exclusiva de la farmacia es la dispensación de medicamentos y productos farmacéuticos, así como la prestación de servicios relacionados con la salud.
  • Cobrar por productos de supermercado en el área de la farmacia, o incluso tenerlos exhibidos para la venta, podría considerarse un incumplimiento de la normativa que delimita el alcance de la licencia sanitaria de farmacia.

En resumen, aunque exista un Aviso de Operaciones emitido por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) que cubre el negocio en general, la licencia sanitaria otorgada por el Ministerio de Salud (MINSA) establece diferencias claras en cuanto a los productos que se pueden expender en las distintas áreas del establecimiento. El Aviso de Operaciones es un permiso general para ejercer actividades comerciales, mientras que el MINSA otorga licencias sanitarias específicas para cada área o actividad que involucra productos regulados o que requieren control sanitario. Esto implica que dentro de un mismo negocio pueden coexistir varias licencias o permisos sanitarios con alcances distintos, dependiendo del área y la actividad que se realiza
. La estricta separación de inventarios y puntos de venta es fundamental para el cumplimiento normativo y para evitar sanciones.


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