viernes, 4 de septiembre de 2026

Geología de un pasivo permanente: ¿Puede la aritmética trimestral financiar la responsabilidad de las próximas generaciones en Donoso?

El 16 de octubre de 2025 publicamos en Linkedin el ártículo: "Mina Donoso: Salud vs Economía
Hoy le traemos ahora este seguimiento.

Por: Walter Caballero

Introducción: una decisión que no puede medirse solamente en dólares

El debate sobre Cobre Panamá suele presentarse como una disyuntiva entre economía y ambiente. Sin embargo, esa forma de plantearlo resulta insuficiente.

La pregunta no es únicamente cuánto empleo puede generar una mina, cuánto aporta al producto interno bruto o cuánto podría recibir el Estado en ingresos fiscales.

La pregunta también es qué riesgos se asumen, quién los asume y quién responde por ellos cuando la actividad deja de producir ingresos.

La minería puede aportar beneficios económicos importantes. También puede generar impactos ambientales y riesgos para la salud. Reconocer ambas cosas no es una contradicción: es el punto de partida de una discusión responsable.

En Panamá, esa discusión adquiere una dimensión especial por el cierre de Cobre Panamá, las obligaciones ambientales pendientes y la necesidad de decidir cómo se manejará el sitio.

La auditoría integral realizada por SGS constituye un elemento relevante para conocer el estado del proyecto, pero sus resultados deben interpretarse con precisión.

El informe evaluó compromisos legales, fiscales, ambientales y operacionales; no equivale a una certificación de que no existen riesgos sanitarios ni a una autorización automática para reanudar la extracción.

Por eso, antes de discutir una eventual reapertura, considero indispensable responder una pregunta fundamental:

¿Puede Panamá demostrar que los riesgos ambientales y sanitarios de una actividad minera de gran escala pueden ser prevenidos, controlados y financiados durante toda la vida del proyecto y después de su cierre?

Si la respuesta todavía no está suficientemente sustentada, el deber del Estado no es apresurarse. Es investigar, informar y exigir las garantías necesarias.

1. El verdadero problema: beneficios temporales y responsabilidades de largo plazo

Una mina puede operar durante décadas. Pero algunos de sus impactos potenciales pueden requerir vigilancia y manejo durante mucho más tiempo.

Esto no significa que todo proyecto minero produzca necesariamente un daño permanente. Significa que la duración de una obligación ambiental no debe suponerse igual a la duración de la actividad económica que la originó.

Durante la operación, la empresa puede generar ingresos, empleos, exportaciones y actividad económica. Después del cierre, sin embargo, pueden continuar existiendo obligaciones relacionadas con:

  • La estabilidad de las instalaciones.
  • El manejo de materiales extraídos.
  • La calidad de las aguas.
  • La restauración de suelos y ecosistemas.
  • El monitoreo ambiental.
  • La atención de eventuales impactos sobre las comunidades.

La pregunta económica, entonces, no debería limitarse a cuánto produce la mina mientras está abierta. También debería incluir cuánto cuesta mantener bajo control sus riesgos cuando ya no produce.

Y esa es una responsabilidad que no puede quedar definida únicamente por el precio internacional del cobre o por los resultados de un trimestre.

2. ¿Qué nos dice realmente la auditoría de SGS?

La auditoría integral es importante porque permite revisar el cumplimiento de compromisos y conocer la situación del proyecto desde distintos componentes. MiAmbiente informó que SGS solicitó una prórroga para completar las verificaciones y los anexos del informe final, lo que demuestra que se trataba de una evaluación técnica que debía ser revisada antes de su divulgación.

Los resultados publicados posteriormente reportaron un 87.73% de cumplimiento integral. Esa cifra debe leerse con cuidado.

No es correcto convertirla automáticamente en una calificación escolar. Tampoco sería correcto afirmar que el 12.27% restante representa, por sí solo, un daño sanitario irreversible. Lo que corresponde es preguntar:

  • ¿Qué compromisos fueron evaluados?
  • ¿Qué incumplimientos se identificaron?
  • ¿Cuáles son administrativos y cuáles tienen relevancia ambiental?
  • ¿Qué hallazgos requieren corrección inmediata?
  • ¿Qué riesgos permanecen abiertos?
  • ¿Qué medidas de cierre o preservación son necesarias?
  • ¿Quién verificará que las medidas correctivas realmente funcionen?

La auditoría, por tanto, no debe utilizarse como un argumento para cerrar el debate, sino como una herramienta para hacerlo más serio.

Si el informe identifica deficiencias en restauración ecológica, biodiversidad o monitoreo ambiental, esas deficiencias deben ser analizadas según su importancia y sus consecuencias. Pero tampoco debemos afirmar que cada incumplimiento equivale automáticamente a contaminación de las comunidades o a una enfermedad. Para eso se necesita evidencia específica.

3. El drenaje ácido de roca: un riesgo que merece atención

Uno de los temas más importantes en la minería de sulfuros es el drenaje ácido de roca, conocido como DAR.

Este fenómeno puede producirse cuando minerales sulfurados, como la pirita, quedan expuestos al oxígeno y al agua. Bajo determinadas condiciones, las reacciones químicas pueden generar acidez y favorecer la movilización de metales presentes en la roca.

El riesgo no consiste solamente en que el agua tenga un pH bajo. También importa que la acidez pueda facilitar la movilización de elementos que, dependiendo de su concentración y de la exposición, pueden afectar la calidad del agua y los ecosistemas.

Pero aquí debemos ser rigurosos: la posibilidad de que exista DAR no demuestra por sí sola que todas las aguas de la zona estén contaminadas ni que exista daño sanitario en las comunidades.

Para establecerlo se necesitan datos de campo, análisis de laboratorio, series de monitoreo y estudios que permitan conocer:

  • Qué sustancias están presentes.
  • En qué concentraciones.
  • En qué lugares.
  • Durante cuánto tiempo.
  • Si existe exposición humana.
  • Si esa exposición representa un riesgo sanitario.
  • Si las medidas de control están funcionando.

La presencia de agua ácida o de materiales potencialmente generadores de acidez debe tomarse en serio. Pero la conclusión correcta es que requiere evaluación y manejo, no que ya se ha demostrado una catástrofe sanitaria.

4. Los relaves: el riesgo no termina cuando se detiene la extracción

Otro aspecto que merece especial atención es el manejo de los relaves, es decir, los materiales que quedan después del procesamiento del mineral.

Las instalaciones de relaves requieren planificación, mantenimiento, vigilancia y medidas de seguridad. Su estabilidad depende de factores como el diseño, las condiciones del terreno, el agua, los materiales almacenados y el comportamiento de las estructuras.

Por eso, el cierre de una mina no puede entenderse simplemente como “dejar de trabajar”. Cerrar una mina significa pasar de una etapa de producción a una etapa de gestión de riesgos.

En el caso de Cobre Panamá, la auditoría integral incluyó la revisión de aspectos técnicos, operacionales y de riesgos y pasivos. Esa información debe utilizarse para determinar qué medidas son necesarias para la preservación segura del sitio y cuáles son las obligaciones que deben mantenerse después del cierre.

No sería responsable afirmar que existe una falla inminente si no contamos con una evaluación técnica que lo demuestre. Pero tampoco sería responsable ignorar el riesgo de que una instalación requiera mantenimiento o vigilancia durante un período prolongado.

La ausencia de una falla hoy no elimina la obligación de prevenir una falla mañana.

5. Salud pública: entre el peligro, la exposición y el daño

Aquí es donde considero que el debate debe incorporar una perspectiva sanitaria más rigurosa.

En toxicología, no basta con identificar una sustancia peligrosa. También es necesario conocer la exposición. Una sustancia puede representar un peligro, pero el riesgo depende de factores como la concentración, la duración, la vía de contacto y las características de la población.

Por eso, cuando hablamos de metales como plomo, cadmio o arsénico, debemos distinguir entre:

Peligro: la capacidad de una sustancia para producir daño.

Exposición: el contacto de una persona con esa sustancia, por ejemplo, a través del agua, los alimentos, el aire o el suelo.

Riesgo: la probabilidad de que esa exposición produzca un efecto adverso.

Daño demostrado: la existencia de evidencia suficiente para establecer que un efecto sanitario ocurrió y que está relacionado con una exposición determinada.

Esta distinción es fundamental. No debemos afirmar que una comunidad está enferma por causa de la mina sin estudios que lo demuestren. Pero tampoco debemos esperar a que aparezcan enfermedades para exigir prevención y vigilancia.

La salud pública trabaja precisamente con esa lógica: identificar peligros, evaluar exposiciones, prevenir riesgos y detectar oportunamente posibles efectos.

6. Una fotografía no es una película: los límites de un resultado normal

En ocasiones se escucha decir que los análisis de los ríos demuestran que todo está bien. Pero esa conclusión puede ser demasiado amplia.

Un análisis de agua informa sobre las condiciones de la muestra tomada, en el lugar y momento en que se tomó, y sobre los parámetros que se decidieron medir. No necesariamente permite conocer todas las variaciones que pueden ocurrir a lo largo del tiempo.

La comparación con la salud humana ayuda a comprenderlo.

Una persona puede realizarse exámenes médicos y obtener resultados normales. Eso es una buena noticia, pero no significa que tenga garantizada la ausencia de una enfermedad futura. Los exámenes son herramientas para detectar determinadas condiciones; su capacidad depende de qué se busca, cómo se mide y cuándo se realiza la evaluación.

En el ambiente ocurre algo semejante.

Un resultado normal es una buena noticia, pero no equivale a una garantía de que nunca habrá un problema.

Por eso, la pregunta correcta no es solamente:

“¿El río está bien hoy?”

También debemos preguntar:

“¿Qué se está midiendo?, ¿con qué frecuencia?, ¿qué ocurre durante las lluvias intensas?, ¿qué sustancias podrían movilizarse?, ¿qué cambios se observan a lo largo del tiempo?, ¿y qué sistema existe para detectar un problema antes de que se convierta en un daño mayor?”

La investigación científica sobre drenaje ácido de mina demuestra que la respuesta ambiental puede cambiar según las condiciones del agua, el caudal y la mineralogía. En algunos sitios, los contaminantes pueden presentar variaciones estacionales importantes, y la duración de la afectación puede ser difícil de determinar.

Esto tiene una consecuencia importante para Panamá: el monitoreo no debe limitarse a comprobar que una muestra cumple con los parámetros establecidos. También debe permitir comprender cómo evoluciona el sistema ambiental.

Y aquí debemos ser rigurosos. No se trata de afirmar que los análisis no sirven. Sí sirven, y son indispensables. Tampoco se trata de afirmar que existe contaminación porque todavía no se ha demostrado que no existe.

Se trata de reconocer que la ausencia de evidencia en una muestra no debe confundirse con evidencia de ausencia de riesgo.

En toxicología ambiental, además, es necesario distinguir entre la medición de una sustancia y sus efectos sobre la salud. La presencia de un contaminante no demuestra por sí sola que haya causado una enfermedad, y la ausencia de un contaminante en una muestra biológica tampoco demuestra necesariamente que nunca hubo exposición. Por eso se necesitan estudios de exposición, toxicología y vigilancia sanitaria que permitan interpretar los resultados correctamente.

La prevención no consiste en demostrar que todo está bien en un momento determinado. Consiste en establecer un sistema capaz de detectar, investigar y corregir los problemas que puedan aparecer con el tiempo.

7. ¿Qué debería exigir Panamá antes de discutir una reapertura?

Si el Estado considera cualquier escenario futuro para Cobre Panamá, considero que debería exigir, como mínimo, un sistema de garantías y vigilancia que permita responder preguntas concretas.

A. Una línea de base sanitaria

Antes de atribuir cambios en la salud de una población a una actividad minera, es necesario conocer su situación sanitaria previa.

Por eso sería razonable que el MINSA, con apoyo del Instituto Conmemorativo Gorgas de Estudios de la Salud, evaluara la posibilidad de establecer una línea de base sanitaria en las comunidades cercanas al proyecto.

Esa línea de base podría incluir, según los riesgos identificados y los criterios técnicos correspondientes:

  • Indicadores de salud renal.
  • Indicadores de salud neurológica.
  • Vigilancia de enfermedades crónicas.
  • Evaluación de posibles exposiciones a metales.
  • Seguimiento de poblaciones especialmente vulnerables.

La finalidad no sería “demostrar que la mina enferma”, sino contar con información científica que permita detectar, investigar y prevenir posibles efectos sobre la salud.

B. Monitoreo ambiental independiente y transparente

El monitoreo ambiental debe permitir conocer la calidad del agua y otros componentes relevantes del entorno.

Pero no basta con publicar una cifra aislada. Se necesita conocer la metodología, los puntos de muestreo, los límites de detección, la frecuencia de análisis y los criterios utilizados para interpretar los resultados.

También sería conveniente que la información relevante pudiera ser consultada por la academia y por la ciudadanía, de manera que el debate no dependa exclusivamente de comunicados de la empresa o del Gobierno.

C. Garantías financieras para el cierre

Una de las preguntas más importantes es quién asumirá los costos de las obligaciones ambientales cuando la actividad deje de generar ingresos.

Por eso, cualquier eventual escenario futuro debería contemplar garantías financieras suficientes para cubrir las obligaciones de cierre, preservación, monitoreo y tratamiento que correspondan.

La responsabilidad ambiental no debe depender de que el precio del cobre sea favorable ni de que la empresa continúe operando.

D. Evaluación independiente de los riesgos

Las decisiones deben apoyarse en evaluaciones técnicas independientes, especialmente en materias como estabilidad geotécnica, manejo de aguas, relaves, restauración ecológica y riesgos sanitarios.

La independencia no significa que todos los expertos deban pensar igual. Significa que sus conclusiones deben poder ser examinadas, contrastadas y verificadas.

7. La necesidad de minerales no elimina la obligación de evaluar sus costos

Es cierto que la sociedad moderna utiliza minerales para fabricar computadoras, teléfonos, vehículos, equipos médicos y muchas otras tecnologías.

Pero ese hecho no responde por sí solo a la pregunta de si una mina específica debe operar.

Reconocer la importancia de los minerales no significa aceptar cualquier condición de extracción. La necesidad de un recurso no convierte automáticamente en aceptable cualquier impacto asociado a su obtención.

La discusión debe ser más madura: qué minerales necesitamos, de dónde provienen, cómo se extraen, qué impactos generan, qué alternativas existen y qué condiciones deben cumplirse para proteger a las personas y al ambiente.

En el caso de Panamá, eso significa que el debate sobre Cobre Panamá no debe reducirse a “necesitamos cobre” o “no necesitamos cobre”. Debe centrarse en qué condiciones permitirían, o impedirían, considerar responsable una actividad minera de esa magnitud.

8. El costo económico también debe incluir el costo de la responsabilidad

La economía es importante. El empleo es importante. Los ingresos fiscales son importantes. Pero también lo es el costo de mantener un pasivo ambiental bajo control.

Una evaluación económica completa debería considerar no solamente los beneficios de la operación, sino también:

  • Los costos de cierre.
  • Los costos de mantenimiento.
  • Los costos de monitoreo.
  • Los costos de restauración.
  • Los costos de eventuales medidas correctivas.
  • Los costos de vigilancia sanitaria.
  • Los riesgos financieros asociados a obligaciones de largo plazo.

Esto no significa que todos esos costos deban ser necesariamente asumidos por el Estado. Significa que deben ser identificados, cuantificados cuando sea posible y asignados de manera clara.

Si no se conocen, la evaluación económica queda incompleta.

Conclusión: la salud pública no puede ser una variable de ajuste

El debate sobre Cobre Panamá no debería resolverse mediante consignas. Tampoco mediante una cifra aislada de cumplimiento.

La auditoría integral es un insumo importante, pero no sustituye la evaluación de riesgos sanitarios ni determina por sí sola el futuro del proyecto. El drenaje ácido de roca es un riesgo que merece atención técnica, pero no debe confundirse con una prueba automática de daño sanitario. Y la estabilidad de los relaves debe evaluarse con rigor, sin exageraciones ni minimizaciones.

Mi posición es que Panamá debe exigir evidencia suficiente antes de tomar decisiones que puedan comprometer la salud pública y el ambiente durante generaciones.

No se trata de negar la importancia de la economía. Se trata de reconocer que la economía también debe responder por sus costos.

No se trata de afirmar que toda minería es necesariamente destructiva. Se trata de exigir que cada proyecto sea evaluado según sus riesgos reales, sus medidas de control y sus responsabilidades.

Y no se trata de esperar a que aparezca el daño para actuar. Se trata de construir un sistema de prevención, vigilancia y responsabilidad que permita tomar decisiones informadas.

Porque una actividad económica puede ser rentable durante décadas, pero la responsabilidad de sus consecuencias no puede terminar cuando termina el último trimestre de producción.

 

miércoles, 2 de septiembre de 2026

Cuando el nombre del medicamento se parece, pero el riesgo puede ser completamente diferente



 

Un error de dispensación, dos experiencias y una reflexión sobre la seguridad del paciente

Hay errores en la práctica farmacéutica que dejan una consecuencia inmediata y evidente. Otros, afortunadamente, no producen daño alguno.

Pero existe una tercera posibilidad que quizá sea la más importante para quienes trabajamos en farmacia:

un error que no produjo daño, pero que pudo haberlo producido.

Ese tipo de situaciones debería obligarnos a detenernos, analizar lo ocurrido y preguntarnos qué podemos hacer para evitar que vuelva a suceder.

Porque en seguridad de medicamentos, que “no haya pasado nada” no significa necesariamente que el sistema haya funcionado bien.

A veces significa simplemente que tuvimos suerte.

Un caso que ocurrió en Brasil

En 2023 se conoció en Brasil el caso de un bebé de dos meses al que, según los primeros reportes, se le habría administrado brimonidina en lugar de bromoprida, y aunque fue algo que paso ya hace un tiempo, no deja de ser muy interesante para reflexionar.

Los nombres pueden parecerse, pero estamos hablando de medicamentos completamente diferentes.

El caso generó una enorme preocupación y puso nuevamente sobre la mesa un problema conocido en seguridad de medicamentos: las confusiones relacionadas con nombres, sonidos, presentaciones o características semejantes.

Es importante aclarar que, aunque inicialmente la administración de brimonidina fue relacionada con el fallecimiento del niño, posteriormente la investigación policial concluyó que la causa de muerte fue una neumonía neutrofílica bilateral y que no se detectó brimonidina en las muestras analizadas.

Por tanto, sería incorrecto afirmar que la brimonidina causó la muerte.

Pero eso no elimina la enseñanza que dejó el caso.

El Consejo Federal de Farmacia de Brasil utilizó la situación para llamar la atención sobre la seguridad en la dispensación y sobre la necesidad de establecer barreras que permitan prevenir errores de medicación.

Y aquí es donde considero que debemos mirar también hacia nuestra propia realidad.

Un caso que me ocurrió en Panamá

Hace algunos años me encontraba trabajando en la sede de una empresa que tenía once sucursales: siete en Chiriquí y cuatro en Panamá.

En aquel momento ocupaba la posición que la empresa denominaba Gerente de Medicamentos, por lo que recibí la comunicación de un cliente bastante molesto.

Había solicitado Cibrón, pero en la farmacia le habían entregado Cebión.

El cliente estaba comprensiblemente disgustado.

Le ofrecí mis disculpas y le expliqué que tomaríamos las medidas correspondientes con el personal involucrado.

Pero también consideré importante explicarle algo:

“Afortunadamente, estimado señor, en su caso le dieron vitamina C, porque Cebiòn contiene ácido ascórbico. Y sabemos que la vitamina C resulta hasta conveniente en su caso, pero eso no borra el hecho de que se equivocaron.”

Y continué explicándole que tomaríamos las medidas de corrección internas y que utilizaríamos el incidente como una oportunidad de aprendizaje.

Le dije algo que todavía considero fundamental:

“Lo importante es que no se repita un error como este. Por fortuna, este caso fue inocuo, pero no nos podemos dar el lujo de que un cliente sufra un daño por un error que pudo haberse evitado.”

El cliente finalmente quedó tranquilo.

Pero para nosotros el asunto no terminó con aquella llamada.

Fuimos a la farmacia y conversamos con el regente y con la asistente que había atendido al cliente.

Hubo, por supuesto, un llamado de atención. El error debía reconocerse y corregirse.

Pero decidimos no convertir el episodio simplemente en un regaño o en una búsqueda de culpables.

Lo convertimos en una herramienta de aprendizaje.

El caso fue utilizado posteriormente dentro del programa de educación que desarrollábamos para nuestro personal farmacéutico.

De esta manera, una equivocación ocurrida en una sucursal podía convertirse en conocimiento para las demás.

Y esa experiencia me dejó una enseñanza que considero vigente hasta hoy:

Un error que no produjo daño no debe ser ignorado. Debe ser analizado para evitar que el próximo error sí lo produzca.

Cuando la similitud de un nombre se convierte en un riesgo

Los medicamentos cuyos nombres pueden confundirse por su similitud fonética o visual forman parte de un problema conocido internacionalmente como LASA: Look-Alike, Sound-Alike. Lo que yo denomino a manera personal, “Se ve igual y hasta se menciona parecido pero son diferentes”

La confusión puede producirse por diferentes razones:

  • nombres comerciales o de principios activos parecidos;
  • nombres que suenan de manera semejante;
  • envases o etiquetas similares;
  • concentraciones diferentes del mismo medicamento;
  • ubicación cercana en los anaqueles;
  • presión de trabajo; muy importante en nuestro tiempo, donde una persona sola atiende una fila de pacientes.
  • interrupciones durante la dispensación;
  • recetas poco legibles;
  • falta de doble verificación;
  • desconocimiento o falta de capacitación.
  • ¿Por qué ocurrió?
  • ¿Había un procedimiento que pudiera haberlo evitado?
  • ¿El procedimiento era conocido?
  • ¿Se estaba aplicando?
  • ¿Los medicamentos estaban ubicados de manera segura?
  • ¿Había suficiente supervisión?
  • ¿Existían interrupciones o sobrecarga de trabajo?
  • ¿El nombre o presentación favorecía la confusión?
  • ¿El resto del personal conoce el riesgo?
  • ¿Qué podemos cambiar para que no vuelva a ocurrir?

Por eso, reducir el problema a:

“La persona se equivocó”

es una explicación demasiado sencilla.

La pregunta que debemos hacernos es otra:

¿Qué barrera de seguridad permitió que el error ocurriera?

La realidad panameña también tiene un marco regulatorio

Este tema no es ajeno a nuestro país.

En Panamá, el Ministerio de Salud, a través de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas (DNFD), desarrolla las funciones de regulación y vigilancia sanitaria dentro del marco establecido actualmente por la Ley 419 de 1 de febrero de 2024, reglamentada por el Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024. La DNFD identifica expresamente la Ley 419 como la base actual de la regulación de los medicamentos y otros productos para la salud humana.

La existencia de este marco regulatorio nos recuerda algo fundamental:

“el medicamento no puede ser tratado como una mercancía cualquiera”.

Su almacenamiento, manejo, dispensación, control y utilización están vinculados directamente con la protección de la salud de la población.

Y la normativa debe entenderse no solamente como un conjunto de requisitos que debemos cumplir ante una inspección sanitaria.

Debe convertirse también en una herramienta de prevención.

Ojalá los propietarios que no son farmacéuticos fueran conscientes de esto.

Cumplir la norma no es suficiente

Aquí considero necesario hacer una distinción.

Cumplimiento regulatorio y cultura de seguridad están relacionados, pero no son exactamente lo mismo.

Una farmacia puede tener sus documentos en orden, sus procedimientos escritos y sus registros completos.

Pero la seguridad real se demuestra cuando esos procedimientos forman parte de la práctica diaria.

Cuando el personal verifica.

Cuando pregunta ante una duda.

Cuando no intenta interpretar una receta ilegible por su cuenta.

Cuando comprueba el medicamento antes de entregarlo.

Cuando existen mecanismos de doble revisión para situaciones de mayor riesgo.

Cuando los errores y casi errores se comunican y analizan.

Y, sobre todo, cuando el aprendizaje obtenido de un incidente se comparte con todo el equipo.

La propia DNFD ha venido desarrollando acciones de capacitación y divulgación relacionadas con la normativa vigente, incluyendo actividades específicas sobre la Ley 419 y el Decreto Ejecutivo 27.

Esto es importante porque demuestra que la regulación también necesita acompañarse de conocimiento y formación permanente.

¿Castigar o aprender?

Esta es probablemente la parte más difícil.

Cuando ocurre un error en una farmacia, es comprensible que aparezca inmediatamente la pregunta:

¿Quién fue el responsable?

Y esa pregunta puede ser necesaria.

Pero no debería ser la única.

También deberíamos preguntar:

¿Por qué ocurrió?
¿Qué condiciones del sistema favorecieron que ocurriera?
¿Qué barrera de seguridad falló?
¿Qué podemos hacer para evitar que vuelva a suceder?

Porque castigar a una persona puede resolver un caso; corregir el sistema puede prevenir muchos.

Eso no significa eliminar la responsabilidad profesional.

Significa entender que responsabilidad y aprendizaje no son conceptos opuestos.

El error que llegó al paciente y el que no llegó

Aquí encontramos una diferencia fundamental.

En nuestro caso de Cibrón–Cebión, el resultado fue afortunadamente inocuo.

Pero pensemos por un momento:

¿Y si los medicamentos involucrados hubieran tenido perfiles terapéuticos completamente diferentes?

¿Y si el paciente hubiera sido un niño?

¿Y si el medicamento equivocado hubiera tenido un margen terapéutico estrecho?

¿Y si la confusión hubiera involucrado un medicamento de alto riesgo?

La consecuencia podría haber sido completamente diferente.

Por eso los llamados “casi errores” merecen nuestra atención.

Cuando un error es detectado antes de producir daño, tenemos una oportunidad extraordinaria:

podemos aprender sin tener que pagar el precio de una consecuencia clínica.

La seguridad del paciente se construye con barreras

La prevención de errores no debería depender exclusivamente de que una persona tenga buena memoria, experiencia o concentración.

Debemos construir barreras.

Entre ellas:

Identificación correcta del medicamento.

Verificación de nombre, concentración, forma farmacéutica y presentación.

Organización segura del almacenamiento.

Separación de medicamentos que puedan confundirse.

Procedimientos normalizados de trabajo.

Capacitación permanente.

Supervisión farmacéutica efectiva.

Doble verificación cuando el riesgo lo amerite.

Comunicación adecuada con el paciente.

Registro y análisis de incidentes y casi errores.

Y algo que considero fundamental:

Crear una cultura en la que comunicar un error no signifique automáticamente esconderlo por miedo a ser castigado.

Si los profesionales tienen miedo de comunicar los errores, la organización pierde una de sus mejores fuentes de información para prevenirlos.

El papel del farmacéutico

Aquí aparece una vez más la importancia de nuestra profesión.

El farmacéutico no debería ser visto solamente como la persona que entrega una caja de medicamentos.

Es el profesional que debe actuar como una de las últimas barreras de seguridad antes de que el medicamento llegue al paciente.

Eso implica conocimiento, criterio profesional, capacidad de detectar inconsistencias y, cuando sea necesario, tener la disposición de detener una dispensación hasta aclarar una duda.

La tecnología puede ayudarnos.

Los sistemas informáticos pueden alertar.

Los códigos de barras pueden reducir determinados errores.

La inteligencia artificial podrá aportar nuevas herramientas.

Pero ninguna tecnología sustituye completamente el criterio profesional del farmacéutico.

La tecnología puede convertirse en una barrera.

Pero el farmacéutico sigue siendo quien debe interpretar la situación y tomar la decisión correcta.

“Una farmacia sin farmacéutico no es una farmacia”

Una experiencia pequeña puede enseñarnos una lección grande

A veces necesitamos un caso dramático para hablar de seguridad.

Pero considero que no siempre es necesario.

El caso de Cibrón y Cebión no produjo una tragedia.

Precisamente por eso podemos mirarlo hoy con serenidad.

Un cliente recibió un medicamento diferente al que había solicitado.

Se detectó la situación.

Se reconoció el error.

Se habló con el personal.

Se corrigió.

Y el incidente se transformó posteriormente en material educativo.

Eso también es seguridad del paciente.

Porque la seguridad no consiste únicamente en evitar todos los errores.

Consiste también en detectar los errores, aprender de ellos y construir sistemas que hagan cada vez más difícil que vuelvan a ocurrir.

Una reflexión final para nuestra profesión

Cuando hablamos de seguridad de medicamentos, no deberíamos esperar a que ocurra una tragedia para comenzar a preguntarnos qué hicimos mal.

Los pequeños incidentes, las confusiones detectadas a tiempo y los llamados casi errores pueden ser verdaderas señales de advertencia.

Un Cebiòn entregado cuando se solicitó Cibron puede parecer, retrospectivamente, una simple anécdota.

Pero también puede ser una oportunidad para preguntarnos:

¿Qué habría pasado si el medicamento equivocado hubiera sido otro?

Y esa pregunta es precisamente la que puede transformar una experiencia aparentemente pequeña en una gran herramienta de prevención.

La normativa sanitaria establece responsabilidades y controles.

La autoridad sanitaria vigila su cumplimiento.

Pero la verdadera seguridad se construye todos los días dentro de cada farmacia, en cada dispensación y en cada decisión profesional.

Por eso, quizá la mejor enseñanza que podemos obtener de estos casos sea sencilla:

No esperemos a que un error produzca daño para comenzar a aprender de él.

Porque en farmacia, el mejor error es aquel que se detecta a tiempo; y la mejor respuesta ante un error es convertirlo en conocimiento para evitar el siguiente.


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Walter Caballero

Farmacéutico | Consultor en asuntos regulatorios e industria farmacéutica

Este artículo tiene carácter educativo y de reflexión profesional. Los casos mencionados se presentan con el propósito de analizar la seguridad en la dispensación y no de atribuir responsabilidad individual a personas determinadas.

Fuentes normativas: Ley 419 de 1 de febrero de 2024 y Decreto Ejecutivo 27 de 10 de mayo de 2024, disponibles en el portal oficial de la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas del Ministerio de Salud de Panamá










viernes, 7 de agosto de 2026

Establecimiento No Farmacéutico

 


¿Desea abrir o renovar un Establecimiento No Farmacéutico para la venta de Medicamentos de Venta Popular en Panamá? 

Conozca los requisitos y la importancia del Farmacéutico Supervisor

Por Walter Caballero – Asesoría Farmacéutica Virtual

La apertura o renovación de un Establecimiento No Farmacéutico autorizado para la venta de Medicamentos de Venta Popular requiere cumplir con una serie de requisitos establecidos en la normativa sanitaria vigente (Ley 419 y su reglamentación).

Pero antes…

¿Qué es un establecimiento no farmacéutico y cuáles son los requisitos para su inscripción ante la DNFD?

En Panamá, no todos los medicamentos se venden exclusivamente en farmacias. La legislación sanitaria permite que determinados establecimientos comerciales, conocidos como establecimientos no farmacéuticos, puedan vender únicamente medicamentos autorizados para venta popular (OTC o de libre acceso), siempre que cumplan con los requisitos establecidos por la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas (DNFD).

Dentro de esta categoría encontramos, por ejemplo:

* Mini súper

* Tiendas o abarroterias

* Almacenes

* Comercios de conveniencia

* Otros establecimientos autorizados por la Autoridad de Salud

¿Por qué es importante este tema?

Muchos propietarios de mini súper y tiendas desconocen que la venta de medicamentos constituye una actividad estrictamente regulada. No cumplir con las disposiciones puede ocasionar observaciones durante una inspección, sanciones administrativas e incluso la suspensión de la autorización.

Es importante aclarar que estos establecimientos no son farmacias. No cuentan con un farmacéutico regente permanente y, por lo tanto, no pueden vender medicamentos sujetos a receta médica, antibióticos, medicamentos controlados ni productos reservados exclusivamente para las farmacias. Su autorización se limita únicamente al listado oficial de Medicamentos de Venta Popular publicado por la DNFD.

Precisamente por tratarse de locales donde no existe una dirección técnica permanente, la normativa exige la participación de un Farmacéutico Supervisor, cuya función es garantizar que los medicamentos sean manejados correctamente y que el establecimiento cumpla con las disposiciones sanitarias.

A continuación, presento un resumen práctico dirigido a propietarios, representantes legales y colegas farmacéuticos interesados en este tipo de establecimientos.

Requisitos para la inscripción o renovación ante la DNFD:

* Poder notariado (cuando el trámite sea realizado por un apoderado legal).

* Formulario oficial de establecimiento no farmacéutico, debidamente completado en la plataforma FADDI.

* Fotocopia de la cédula del propietario o representante legal.

* Fotocopia simple del Aviso de Operación con ambas firmas, donde conste la actividad autorizada de venta al por menor de medicamentos de venta popular.

* Certificación vigente del Registro Público (en caso de persona jurídica).

* Nombre del Farmacéutico Supervisor y nota de aceptación.

* Comprobante de pago de la tasa correspondiente.

*Importante:

* Los establecimientos ubicados en áreas rurales o marginales con menos de 500 habitantes y que operen bajo licencia comercial tipo B pueden estar exonerados del pago, sujeto a verificación de la Autoridad de Salud.

¿Cuál es la función del Farmacéutico Supervisor?

Aunque estos establecimientos no cuentan con un regente permanente, la normativa exige la participación de un profesional idóneo que garantice el cumplimiento técnico:

✔ Verificar el listado autorizado: Comprobar que únicamente se comercialicen medicamentos incluidos en el listado oficial de Venta Popular. La venta de fármacos sujetos a receta médica constituye una infracción sanitaria grave.

✔ Supervisar las condiciones de almacenamiento: Verificar que los medicamentos permanezcan protegidos de la luz solar directa, a temperatura inferior a 30 °C, con adecuada ventilación, separados del piso y alejados de productos químicos o alimentos.

✔ Controlar los productos vencidos: Revisar periódicamente las fechas de expiración y garantizar el retiro oportuno.

✔ Servir de enlace técnico con la DNFD: Participar durante auditorías o inspecciones sanitarias y verificar el cumplimiento de las Buenas Prácticas.

✔ Capacitar al personal: Orientar sobre la identificación de productos, almacenamiento, control de vencimientos y recordar la prohibición de brindar recomendaciones farmacoterapéuticas (función exclusiva del farmacéutico).

Aspectos importantes que todo farmacéutico debe conocer

Aunque la responsabilidad legal principal recae sobre el propietario, el Farmacéutico Supervisor responde técnicamente por las actividades bajo su supervisión. Por ello, recomiendo formalizar la relación profesional mediante un Acuerdo de Servicios Técnicos, donde se definan claramente las funciones y el alcance.

Aceptar una supervisión únicamente por firmar documentos representa un riesgo profesional innecesario. Como solemos decir entre colegas:

*Si va a cobrar honorarios por supervisar un establecimiento, supervise de verdad. Su firma también representa su prestigio profesional.*

Necesita asesoría?

Si requiere apoyo para la apertura, renovación, preparación de expedientes, elaboración del Acuerdo de Servicios Técnicos u orientación ante la DNFD, puede comunicarse conmigo:


Walter Caballero

Farmacéutico

📞 6957-7801

viernes, 10 de abril de 2026

El costo oculto del "Juega Vivo": Una crisis de Solidaridad y Salud Social en Panamá

 


Recientemente, el incendio en el Puente de las Américas no solo paralizó el tráfico, sino que volvió a desnudar una realidad preocupante en Panamá: la alarmante pérdida de la solidaridad humana ante la necesidad del prójimo.

Durante horas de incertidumbre, donde el único deseo del ciudadano era llegar a su hogar tras una larga jornada, vimos con tristeza cómo el oportunismo le ganó a la empatía. Pasajes que regularmente cuestan $1.50 se dispararon a $5.00 y hasta $10.00. Una especulación cruel basada en la desesperación ajena.

He escuchado los argumentos del sector transporte. Se escudan en el alza del combustible y nos presentan su matemática diaria: de $110.00 que generan, $50.00 se van en gasolina, dejando $60.00 para dividirse entre el conductor y el dueño del vehículo. En su defensa, critican el subsidio gubernamental al Metrobus, olvidando un detalle fundamental: el Metrobus cobra $0.25 al pasajero. Ese es un subsidio que impacta directamente y alivia el bolsillo del ciudadano de a pie, no un cheque en blanco para el transportista. Cobrar $10.00 por un pasaje no es libre oferta y demanda, es aprovecharse de la desgracia del panameño.

Pero esta amnesia selectiva no es nueva y el problema no se detiene en el transporte. Si hacemos memoria, en 2022 vivimos una crisis similar cuando el combustible rozó los $1.60 por litro. En aquel entonces, la excusa para subir los precios de todo —desde el pasaje hasta los alimentos— fue "el costo de la gasolina". Sin embargo, cuando el combustible bajó, los precios se quedaron arriba. Hoy, una libra de pescado que antes comprábamos a $3.50, te la venden a $5.50. La inflación se ha convertido en la excusa perfecta para la especulación permanente y el "efecto trinquete" (los precios suben, pero nunca bajan).

Desde mi ejercicio profesional en el sector farmacéutico, esta situación me genera una profunda preocupación. La Organización Mundial de la Salud define la salud como un estado de completo bienestar físico, mental y social. Cuando un ciudadano vive angustiado porque su vecino, su transportista o su comerciante local se aprovecha de su necesidad, se fractura esa salud social. El estrés diario de sobrevivir a un sistema que te exprime, enferma a nuestra gente tanto como cualquier patología física.

El costo de la vida nos afecta a todos por igual, pero la crisis no debería ser una licencia para exprimir al prójimo. El verdadero desarrollo de un país no se mide solo en grandes infraestructuras, puentes o crecimiento macroeconómico, sino en la calidad humana de su gente.

¿En qué momento normalizamos lucrar con la desesperación ajena? ¿Cómo reconstruimos esa salud social que tanta falta nos hace?

Les invito a ver el video en mi canal de YouTube


https://youtu.be/vF25VXvPQiU





domingo, 14 de diciembre de 2025

La buena intervención farmacéutica en la dispensación responsable de medicamentos MR, MI y demás similares registrados en Panamá

 

Por: Licdo. Walter Caballero – SerAtfarma – Asuntos Regulatorios


Introducción: Un Nuevo Paradigma en la Dispensación

La práctica farmacéutica en Panamá atraviesa una transformación significativa. Con la implementación de la Ley 419 de 2024 y su reglamentación mediante el Decreto Ejecutivo No. 27 de 2024, el rol del farmacéutico trasciende la logística para consolidarse como el garante del Uso Racional de Medicamentos; entendido esto como la condición en que los pacientes reciben fármacos apropiados a sus necesidades clínicas y al costo más bajo posible para ellos y la comunidad

En el mostrador nos enfrentamos diariamente a una mezcla heterogénea de productos: el Medicamento de Referencia (MR), el Medicamento Intercambiable (MI) y aquellos "multiorigen" que, aunque legales, aún no ostentan la certificación de intercambiabilidad. Este ensayo busca refrescar los criterios técnicos y legales para una intervención farmacéutica basada en la evidencia y la norma.

1. El Semáforo Regulatorio: Identificando al Paciente

Para dispensar correctamente, es imperativo categorizar técnicamente el inventario. El Decreto Ejecutivo 27 establece distinciones precisas:

  • Medicamento de Referencia (MR): Es aquel producto utilizado como comparador en los ejercicios de comparabilidad. Legalmente, se identifica en su etiquetado con las siglas "MR" dentro de un logo circular amarillo.

  • Producto Farmacéutico Intercambiable (MI): Es aquel equivalente terapéutico del producto de referencia. Su condición de intercambiabilidad es accesoria al registro sanitario y se otorga mediante Resolución motivada. Se identifica visualmente por el logo circular amarillo con las siglas "MI".

  • Medicamento Multiorigen (El "Similar" Registrado): El Decreto los define como productos que son equivalentes o alternativas farmacéuticas que pueden o no ser equivalentes terapéuticos. Cumplen con Buenas Prácticas de Manufactura y Registro Sanitario, pero sin la certificación de intercambiabilidad (MI), no existe garantía regulatoria de que tendrán el mismo comportamiento clínico que el innovador.

Imagen del Medicamento MR (Medicamento de Referencia)




Imagen del Medicamento MI (Medicamento Intercambiable)


2. La Receta Médica y la Facultad de Sustitución

El acto de dispensación se activa con la receta electrónica o física, definida como la orden extendida por médicos idóneos para su posterior dispensación por un farmacéutico idóneo.

La normativa faculta al farmacéutico para realizar la Sustitución Genérica. El Artículo 2, numeral 160 del Decreto 27, la define explícitamente como "el acto que involucra el intercambio de equivalentes farmacéuticos bioequivalentes, con respecto al medicamento de referencia". Nótese el énfasis legal en el término bioequivalentes; esto implica que sustituir por un producto que no lo sea, desvirtúa la definición legal del acto.

3. Escenarios de Dispensación y Ética Profesional

Escenario A: La Sustitución del Innovador Si la receta prescribe una marca innovadora o sugiere la marca, el marco legal es estricto.

  • La Intervención Correcta: Ofrecer una alternativa que ostente la condición de Medicamento Intercambiable (MI).

  • El Límite Técnico: Dispensar un genérico "Multiorigen" (sin logo MI) asegurando al paciente que "es exactamente lo mismo" constituye una imprecisión técnica. Aunque el producto tenga Registro Sanitario, si carece de la Resolución de Intercambiabilidad, legalmente es una Alternativa Farmacéutica, pero no necesariamente un equivalente terapéutico certificado.

Escenario B: La Bioequivalencia Extranjera y el Estatus Local Es común encontrar productos con certificaciones de agencias de alto estándar (FDA, EMA) que aún no tienen el logo MI en Panamá.

  • Estatus Legal: El Decreto 27 contempla un procedimiento abreviado para reconocer la intercambiabilidad aprobada por autoridades estrictas (como FDA, EMA, Health Canada). Sin embargo, hasta que la Dirección Nacional de Farmacia y Drogas (DNFD) no emita la Resolución que le otorga la condición de MI, el producto no puede comercializarse ni ofrecerse bajo dicha categoría en territorio nacional.

Escenario C: El Procedimiento de Sustitución Cuando se acuerda con el paciente una sustitución genérica (con un producto MI), el farmacéutico ejerce su rol de asesoría. Aunque el Decreto 27 no detalla el procedimiento de "firma al reverso" (el cual suele regirse por normas administrativas de la CSS o leyes conexas de protección al consumidor), la buena práctica regulatoria exige:

  • Informar: Explicar claramente que el producto MI garantiza la misma eficacia y seguridad que el referente.

  • Trazabilidad: Asegurar que en el sistema de dispensación quede registrado el producto exacto entregado (Lote y Registro Sanitario), cumpliendo con el principio de vigilancia post-comercialización.

  • Mi Recomendación: Aunque no lo indique la normativa taxativamente, es aconsejable que deje constancia de esa asesoría al paciente mediante firmas, tanto de usted como dispensador como del paciente, para que quede como un consentimiento explicado.

Conclusión

Colegas, la "buena intervención" farmacéutica no es solo un acto comercial, es un acto sanitario de alto nivel técnico. Debemos educar al paciente sobre la diferencia crítica entre un medicamento que cumple calidad de fabricación (Multiorigen) y uno que garantiza equivalencia terapéutica (MI).

En Panamá, la intercambiabilidad no se asume; se certifica. Respetar las definiciones del Artículo 2 y el etiquetado del Artículo 57 del Decreto Ejecutivo 27 protege nuestra licencia y, lo más importante, asegura la salud del paciente.

Espero les sea de ayuda este documento y estamos aqui para leer sus comentarios y aportaciones

lunes, 24 de noviembre de 2025

La Era de la Calidad en Cosméticos y Desinfectantes: Del Cumplimiento a la Excelencia

Basado en el seminario web "Retos y Desafíos en la Calidad de Productos Cosméticos y Desinfectantes" (20 de noviembre de 2025).


La Era de la Calidad en Cosméticos y Desinfectantes: Del Cumplimiento a la Excelencia El Mandato Ineludible del Riesgo Cero La industria de productos cosméticos e higiénicos ha dejado de ser vista como un sector de bajo riesgo. Casos documentados a nivel global —desde talcos contaminados con sustancias teratogénicas hasta cremas con mercurio y detergentes con riesgos bacterianos mortales— han demostrado que una simple falla en el proceso de fabricación o formulación tiene consecuencias directas y graves en la salud pública. 

 Para los profesionales de la salud y la calidad, este panorama no es una simple advertencia; es un mandato que exige una evolución radical en nuestros sistemas de producción. El riesgo es inherente; la complacencia, inaceptable. El Cambio de Paradigma: Del 593 al Decreto 27 En países como Panamá, el marco regulatorio ha respondido a esta urgencia global con un salto evolutivo. 

La transición de la Resolución 593 (enfocada en la inspección) al Decreto 27 de 2024 (que incluye cosméticos y desinfectantes) marca un hito: pasamos del control superficial a la exigencia de un Sistema de Aseguramiento de la Calidad (SAC) integral. Este cambio no es solo burocrático, sino estructural. Los cerca de 39 artículos nuevos introducidos por el Decreto 27 exigen que las empresas se preparen para: Diseño Sanitario Riguroso: Requisitos detallados para la infraestructura, reemplazando las evaluaciones meramente visuales por una demanda de diseño que garantice la no contaminación.

Perfiles y Roles Definidos: Claridad en las responsabilidades del personal que tiene impacto directo en la calidad, trascendiendo la simple mención de personal general. Sistema Documental Controlado: La documentación se transforma en un verdadero sistema de gestión, vital para la trazabilidad y la mejora continua. El mensaje es claro: ya no hay margen para el cumplimiento porcentual o flexible. La normativa exige un mandato obligatorio de excelencia. Los Dos Motores del Reto: Normas y Consumidores Nuestra industria opera bajo la presión de dos fuerzas convergentes: 

 1. La Globalización de la Norma Técnica Estamos adoptando estándares de países desarrollados. Esto se manifiesta en la creciente relevancia de normas como la ISO 22716 (Buenas Prácticas de Fabricación para Cosméticos) y la implementación de la Cosmetovigilancia. La Cosmetovigilancia, impulsada fuertemente en países de la región como Colombia, Brasil y Perú, nos obliga a mirar más allá de la puerta de la fábrica y monitorear activamente los efectos adversos de nuestros productos una vez están en manos del usuario. 

 2. El Consumidor Hiperinformado El cliente actual es un motor de cambio. Es un consumidor que busca productos multifuncionales, que espera altos estándares de calidad y, crucialmente, está conectado. Hoy, una simple falla se convierte en una crisis de reputación viralizada por influencers en redes sociales, con el potencial de paralizar operaciones. Nuestro reto de mercado es monumental: entregar la mayor calidad al costo más bajo. 




 La Solución: Análisis de Riesgo y Eficiencia Técnica Para superar este doble desafío y cumplir con la visión del Decreto 27, la estrategia debe ser doble: 

 1. Integrar la Gestión de Riesgos Debemos adoptar de manera imperativa el Análisis de Riesgo. Es el único camino para minimizar el impacto en la calidad del producto. Este proceso técnico debe ser un ejercicio constante, no un documento estático, que evalúe desde las materias primas hasta el almacenamiento post-fabricación. 

 2. Apostar por la Excelencia Operacional La eficiencia no es solo velocidad, sino control. Debemos promover un cambio cultural y técnico: Capacitación Sincronizada: Todo el equipo (desde producción hasta mercadeo) debe entender la seriedad de la calidad. 

Un equipo sincronizado es el mejor aliado de la calidad. Fundamentos Químicos: El personal técnico debe volver a la base. Un entendimiento profundo de la química y fisicoquímica de las materias primas es esencial para crear matrices de compatibilidad sólidas y sistemas de preservación infalibles. 

La evolución de la legislación panameña nos ha dado la hoja de ruta. Nuestro compromiso, como profesionales, es ejecutarla. El tiempo del cumplimiento pasivo ha terminado. 

Ha llegado la era de la Excelencia Proactiva, donde la calidad no es una verificación, sino el pilar central de nuestro sistema de aseguramiento. 

Resumén por Walter Caballero

Que tal si dejan sus opiniones sobre cómo el Decreto 27 ha impactado sus operaciones, o cualquier otro comentario al respecto.

Geología de un pasivo permanente: ¿Puede la aritmética trimestral financiar la responsabilidad de las próximas generaciones en Donoso?

El 16 de octubre de 2025 publicamos en Linkedin el ártículo: "Mina Donoso: Salud vs Economía Hoy le traemos ahora este seguimiento. Por...